Cuando los doctrinantes del derecho procesal han intentado definir el objeto de conocimientos de esta disciplina, generalmente aluden a un objeto bifronte o triple, e incluyen el estudio de la jurisdicción como esencial objeto de conocimiento de la ciencia procesal. Sin embargo, se ha empezado a discutir acerca de cúal es el instituto que debería marcar el énfasis del estudio de las demás instituciones del sistema científico técnico del derecho procesal.
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